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Comunicado PALT

La sociedad civil pide a la Junta de Andalucía que aplique la Directiva (UE) 2015/412 y prohíba los cultivos transgénicos

Incluso el Defensor del Pueblo Andaluz plantea en su resolución la necesidad de abrir espacios sin OMG, fomentar la participación de la sociedad civil en la gestión de los transgénicos, endurecer la normativa de etiquetado y dar acceso a datos de superficie y localización de los cultivos transgénicos a las personas y entidades que lo requieran

Jueves 10 de diciembre de 2015



La Directiva, que entró en vigor el pasado mes de abril, reconoce explícitamente que los Estados miembros y sus regiones tienen la posibilidad de adoptar actos jurídicamente vinculantes por los que se restrinja o prohíba el cultivo de OMG. Una coalición de organizaciones estatales [Nota 1] encabezadas por la Plataforma Andalucía Libre de Transgénicos (PALT) ha solicitado hoy a las Consejerías de Agricultura y Medio Ambiente, así como a los grupos parlamentarios que, tal y como han hecho ya la mayoría de los países de la UE, desarrollen la legislación oportuna para prohibir el cultivo de transgénicos en nuestro territorio.

El marco legal que regula los cultivos transgénicos en la Unión Europea (UE) ha cambiado sustancialmente [Nota 2] y ha abierto la posibilidad de que los Estados miembros o sus regiones restrinjan o prohíban el cultivo comercial de organismos modificados genéticamente (OMG) en su territorio. Hasta el momento 17 países y 4 regiones de la UE han prohibido los transgénicos acogiéndose a esta nueva ley [Nota 3].

Así, la Directiva (UE) 2015/412 del Parlamento Europeo y del Consejo reconoce que el cultivo de OMG tiene una fuerte dimensión nacional, regional y local debido a su vinculación con el uso del suelo, las estructuras agrícolas locales y la protección de ecosistemas y paisajes. Por ello reconoce explícitamente que los Estados miembros y sus regiones tienen la posibilidad de adoptar actos jurídicamente vinculantes por los que se restrinja o prohíba el cultivo de OMG en su territorio basados en los siguientes motivos:

a) Objetivos de la política ambiental
b) La ordenación del territorio
c) El uso del suelo
d) Repercusiones socioeconómicas
e) Evitar la presencia de OMG en otros productos
f) Objetivos de la política agrícola
g) Orden público

Los motivos enumerados arriba son, en el ordenamiento jurídico del Estado Español, competencia de las Comunidades Autónomas por lo que corresponde a las regiones desarrollar la legislación oportuna para prohibir o restringir el cultivo de transgénicos en su territorio.

Por otro lado, el Defensor del Pueblo Andaluz (DPA) en su resolución dirigida a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural el 26-06-2015, introduce además una serie de elementos que deben ser tenidos en cuenta por la Junta de Andalucía y desarrollados de inmediato.

Así pues, en primer lugar, el DPA sugiere que “a partir de la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2015/412 del Parlamento Europeo y del Consejo y en aras a la ejecución de la Proposición no de Ley del Parlamento de Andalucía adoptada con fecha 26 de septiembre de 2013 [Nota 4], se proponga a la Administración del Estado para que […] se prohíban los cultivos transgénicos en espacios naturales protegidos y en zonas en donde la producción ecológica o tradicional tiene una presencia importante y resulta de interés social y económico.”

Asimismo plantea la necesidad de que “se articule a la mayor brevedad posible un cauce para de conformidad con la Proposición no de Ley mencionada incluir en la interlocución agraria entre la Junta de Andalucía y las organizaciones agrarias el debate sobre los transgénicos, y al mismo tiempo, favorecer que se tenga en cuenta la voz de las personas consumidoras.”. En este sentido la PALT ha solicitado a la Junta información acerca de la hoja de ruta seguida por el Comité Andaluz de Control de Organismos Modificados Genéticamente (CACOMG), así como la fecha de la segunda reunión que está obligado a convocar antes de final de año.

Sobre el acceso a la información de la localización de los cultivos de transgénicos, que se le viene negando a la PALT desde 2013, el DPA recomienda que “se ponga a disposición […] de cualquier persona o ente interesado que lo solicite, la información sobre cultivos transgénicos a la que no se le haya reconocido el carácter confidencial” recordando que “No tendrán carácter confidencial las informaciones y datos relativos […] al lugar de la actividad”.

Por último sugiere que “se estudie informar al MAGRAMA sobre la conveniencia de una modificación de la normativa sobre el etiquetado […] a fin de facilitar al consumidor una información veraz y transparente sobre la presencia de transgénico”, incluso cuando sea inferior al umbral de 0,9%.

La PALT también ha interpelado al Consejo Andaluz de Consumo (CAC) para conocer la hoja de ruta que plantea la institución para finalizar las tareas realizadas por la Secretaría General de Consumo durante 2014 y 2015 en materia de organismos modificados genéticamente (OMG). En particular la Plataforma desconoce el estado de elaboración y previsión de finalización, cierre y publicación del Informe del Grupo de trabajo, dependiente del Consejo Andaluz de Consumo, referente a la normativa y etiquetado de alimentos compuestos por OMG. Tras la última comunicación de la entonces Secretaría General de Consumo, el 11-11-2014, la PALT no ha vuelto a tener noticias sobre el documento. Además, el citado Grupo de trabajo no se reúne desde el 27-05-2014, por lo que la PALT ha solicitamos la reactivación del mismo y la convocatoria de una reunión con la mayor brevedad posible.

Notas:

[Nota 1] Amigos de la Tierra, Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG), Ecologistas en Acción, Greenpeace, Plataforma Rural y Red de Semillas “Resembrando e Intercambiando”.

[Nota 2] Directiva (UE) 2015/412 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de marzo de 2015 por la que se modifica la Directiva 2001/ 18/CE en lo que respecta a la posibilidad de que los Estados miembros restrinjan o prohíban el cultivo de organismos modificados genéticamente (OMG) en su territorio. En línea:
http://www.boe.es/doue/2015/068/L00001-00008.pdf

[Nota 3] Listado completo de países y regiones que han prohibido los cultivos transgénicos. En línea: http://ec.europa.eu/food/plant/gmo/authorisation/cultivation/geographical_scope_en.htm

[Nota 4] Proposición no de Ley relativa al establecimiento de una moratoria de transgénicos en Andalucía. Expediente 9-13/PNLP-000042 (BOPA nº 296, de 20 de septiembre de 2013). En línea: http://www.parlamentodeandalucia.es/webdinamica/portal-web-parlamento/pdf.do?tipodoc=bopa&id=83353

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